LA
NUEVA ESPAÑA
A
poco de consumada la Conquista de Tenochtitlán, el territorio adquirió
una definición geográfica: la Nueva España, denominación
que sería luego aplicada políticamente al reino o gobierno
en el centro de México y también el virreinato, con
una jurisdicción mayor que abarcó a otras.
El imperio español rebasaría
la península, haciéndose patente también en las Indias
Occidentales y sus dominios de ultramar. El descubrimiento, la Conquista
y la colonización de nuevas tierras contribuirían poco a
poco a consolidar el imperio español, y serían base de la
empresa comercial a la que se entregó inicialmente la Corona castellana
para acrecentar su poderío.
Grupos de españoles salían
a conquistar y colonizar desde España o América para entregarse
a una empresa mixta (pública y privada), porque el reino de
Castilla tenía pocos recursos para emprenderla por sí sola.
En su mayor parte, aquélla era patrocinada por particulares asumiendo
la forma mixta, éstos la proponían y organizaban, la Corona
la autorizaba, participaba en los beneficios y la fiscalizaba.
Tras el periodo de los descubrimientos
y de la Conquista, o simultáneamente a ésta, las expediciones
se orientaron a poblar.
La
colonización se inició con el establecimiento de villas o
ciudades, y a la par se constituyó un aparato de sujeción
y gobierno. En las capitulaciones quedaron las primeras normas: al jefe
de la expedición correspondía fundar ciudades en determinado
tiempo y se le facultaba para repartir tierras y solares. Al respecto no
habría una legislación general sino hasta 1573.
Como justificación a la conquista
material que se estaba llevando a cabo en las tierras recién descubiertas,
fue imprescindible para la Corona la ayuda y participación de órdenes
religiosas que se dedicaran a enseñar a los indígenas la
religión católica. Amparados bajo la idea de que los indios
eran semisalvajes e idólatras, los conquistadores encontraron en
la evangelización el pretexto para intervenir en sus vidas e imponer
la cultura española.
La
Inquisición en México
Aunque se sabe que hubo actividad
inquisitorial en México casi desde la llegada de los conquistadores,
no es sino hasta 1571 cuando se establece el Tribunal del Santo Oficio
de manera formal. El obispo, fray Juan de Zumárraga es considerado
el primer inquisidor de la Nueva España, pues obtuvo ese nombramiento
en 1535, mas como no existía propiamente el Tribunal, su cargo fue
sólo nominal. Hacia 1540 ejercería el poder inquisitorial
contra un indio al que condenó a la hoguera. Su
severidad le acarreó al obispo una severa reprimenda y a los
indígenas los exoneró de ser juzgados por la inquisición
ya que se les considero nuevos en el cristianismo. Sin embargo, entre el
resto de la población novohispana, hubo muchos casos de persecución.
Control
político a través de la Iglesia
La Corona sujetó de manera
estricta a la Iglesia, quizá más que cualquier otra monarquía
europea, ya que bajo el Patronato Real la hizo otra rama del gobierno,
otro medio eficiente de control político sobre los gobernados. En
el contexto de la época, la Iglesia hispanoamericana quedó
ligada a Roma a través de tenues lazos, dentro de la órbita
del Consejo de Indias y no del papado romano.
Sin embargo, fue una institución
poderosa en la Nueva España. Gozó de fuero especial y conformaría
uno de los sectores conservadores de México. Su fuerza fue evidente
en lo espiritual pero también en lo material; su poder se extiende
en asuntos de justicia y gobierno, y domina los ámbitos ideológico,
político, económico y social de la época; en sus manos
quedan la mayor parte de la educación e importantes ramos de la
economía. Por acuerdo real, la Iglesia recibe gran parte del diezmo.
La
encomienda
Además de la Iglesia, hubo
otras instituciones coloniales que se arraigaron en el XVI y que estuvieron
íntimamente ligadas a la evangelización, a la tierra,
al trabajo indígena y a la justicia. La primera a considerar es
la encomienda, que no implicó la propiedad agraria, sino sólo
su posesión y el derecho a recibir tributo en especie y/o trabajo
de los indios, a los cuales los españoles debían adoctrinar.
No obstante, la tierra pudo ser poseída a título personal
mediante merced real, aunque su extensión debía ser moderada.
Esclavitud
Hay que destacar que, tras el brusco
descenso demográfico de los indígenas y el beneficio legal
que obtuvieron éstos de la Corona, se requirió mayor mano
de obra; así se introdujo a los negros a la Nueva España
en mayor cantidad y éstos fueron traídos como esclavos para
sustituir el trabajo forzoso de los indígenas. Por ende, su llegada
a América se significó como una constante entre los siglos
XVI y XVII. La política esclavista de la Corona garantizó
la tenencia y explotación de negros en beneficio de sus amos; en
la concepción social de la época poseerlos era un sinónimo
de prestigio.
La
propiedad
Los españoles penetraron
en las regiones con sus ganados e hicieron nuevos caminos, desviaron el
curso de los ríos y explotaron los bosques.
Su economía y las relaciones
de producción consecuentes de ella modificaron la forma de propiedad
territorial y de organización socioeconómica originales.
De acuerdo a los grados de desarrollo económico, para los españoles
el concepto de dominio agrario era distinto del de los indígenas:
tendía al individualismo y al acaparamiento por su afán de
riqueza y poder; en cambio, para los indígenas de regiones densamente
pobladas, la tierra era la base esencial de su existencia y trataron de
preservar el régimen de propiedad comunal.
El
"Siglo de las luces"
Al siglo XVII se le ha denominado
como el "de la integración" y al XVIII como el "de las luces" o
"de la ilustración". Hubo en el primero un descenso de la población
indígena, fue cuando la Casa de Habsburgo consolidó su dominio
sobre la Nueva España y fortaleció una economía dependiente.
Ya en el siglo XVIII, la colonia tuvo un claro ascenso de la población
y de los ramos económicos más importantes: la agricultura,
la minería y el comercio. Las grandes transformaciones en la Nueva
España a efecto de las Reformas Borbónicas acontecieron sin
embargo entre 1760 y 1821.